Telecomunicaciones

Brasil: Anatel suspende límites de banda ancha fija

19-04-2016
Anatel emitió una cautelar que ordena a los ISPs que se abstengan alterar las velocidades o cobrar cargos excedentes a sus suscriptores de banda ancha cuando alcancen los límites establecidos en los paquetes de banda ancha fija contratados.

La medida, adoptada por la Superintendencia de Relaciones con el Consumidor de la Agencia, regirá por 90 días, hasta tanto se verifiquen que las condiciones impuestas en el Reglamento General del Consumidor (RGC) se apliquen efectivamente.

De acuerdo al portal Telaviva, la resolución prohíbe a las telcos aplicar ‘prácticas de reducción de velocidad, suspender el servicio u cobrar el tráfico excedente una vez que se agote la franquicia’.

Como contrapartida, determinó que las ISPs pongan a disposición de sus usuarios herramientas que le permitan conocer su perfil de consumo detallado y lo notifiquen adecuadamente cuando está cerca de consumir la totalidad de la capacidad de conexión contratada, además de permitir la comparación de costos.

Al explicar a los medios la cautelar impuesta por Anatel, que aplica para los operadores con más de 50 mil clientes (Oi, Claro, Vivo, Sky, TIM, Algar, Sercomtel y Cabo Telecomunicações), João Rezende, su presidente, señaló que el regulador no va a modificar la regla que permite la utilización de franquicias para banda ancha fija, pero que las operadoras deberán cumplir ciertas condiciones previstas por previstas en el Reglamento, para poder hacerlas efectivas.

El funcionario, señala Telviva, consideró válida la utilización de franquicias, debido a que el gran crecimiento en el uso de datos ‘no permite más la oferta de planes ilimitados, porque esto desalentaría las inversiones en las redes de fibra’.

De esta manera, Anatel revirtió la decisión tomada el año pasado de no exigir a los operadores que pongan a disposición de sus usuarios estas herramientas, pese que estaban contempladas en el Reglamento General del Consumidor aprobado a mediados del 2014. En ese momento, la Agencia aceptó los argumentos de las compañías, que sostenían que no era necesario aplicarlas debido que no efectuaban ni cortes, ni suspensiones ni cobros adicionales por superar las capacidades contratadas en las franquicias por los usuarios.

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